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Nuevo Decreto Legislativo modifica la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos (Decreto Legislativo N° 1278)

Nuevo Decreto Legislativo modifica la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos (Decreto Legislativo N° 1278)

“Tenemos un gran reto con el tema de la gestión de residuos desde nuestros hogares. En otros países no existen los rellenos sanitarios, absolutamente todos los residuos se valorizan. Además, esta normativa impulsará, que más empresas valoricen los residuos a gran escala y permitirán generar más puestos de trabajo en nuestro país”

El 11 de mayo de 2020, pocos días antes del Día Mundial de Reciclaje, la Ministra del Ambiente aprobó el Decreto Legislativo 1501 con el fin de incentivar el reciclaje como un acto obligatorio. Para esto, el Decreto modifica la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos (Decreto Legislativo N° 1278).

La Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos
(Decreto Legislativo N° 1278)

Esta ley se aprobó el 21 de diciembre de 2017 con los siguientes fines:

  • Maximizar la eficiencia en el uso de materiales
  • Regular la gestión y manejo de residuos sólidos:
    • Minimización la generación de residuos sólidos en la fuente
    • Valorización del material y energética de los residuos sólidos
    • Una adecuada disposición final de los mismos y la sostenibilidad de los servicios de limpieza pública

Modificaciones determinadas en el Decreto Legislativo
N° 1501

El nuevo decreto aclara definiciones y responsabilidades entre los actores y especifica ciertos detalles de la Ley de Gestión Integral de Residuos sólidos. En este artículo presentamos un resumen de las modificaciones centrales:

Responsabilidades de las instituciones estatales

El Decreto N° 1501 redefine los cargos del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), del Ministerio de Salud (MINSA) y de las municipalidades provinciales y distritales en la gestión de residuos.

 

Segregación de los residuos en su lugar de generación

Se resalta la obligación de los generadores de residuos a segregar los residuos no municipales de los municipales. En el caso de ambos tipos de residuos ser entregados debidamente segregados a las instituciones autorizadas. Para los residuos municipales las municipalidades están a cargo de definir los criterios de segregación para facilitar el aprovechamiento.

 

Inclusión de asociaciones de recicladores formalizados

Residuos municipales y no municipales deben ser entregados a operadores de residuos autorizados. El nuevo decreto también permite entregar residuos sólidos municipales y similares a los municipales a asociaciones de recicladores formalizadas.

Bajo el siguiente enlace se encuentra un listado de las empresas operadoras de residuos sólidos autorizados por el MINAM: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/732507/MINAM_Registro_EO-RS_Autorizadas_-_Actualizada_22.05.2020.pdf

Fabiola Muñoz resaltó la existencia de “muchos recicladores informales que van a pasar progresivamente un proceso de formalización, en un escenario donde ahora el reciclaje será obligatorio. Esto va a ser que pasemos de una cultura donde tiramos la basura, a una cultura donde valorizamos los residuos”.

 

Valorización de residuos como alternativa de gestión y manejo

Objetivo principal del decreto es incentivar el aprovechamiento del material de descarte, es decir de todo “subproducto, merma u otro de similar naturaleza que constituya un insumo directamente aprovechable para la misma actividad u otras” debe ser aprovechado.

La valorización de residuos es una alternativa al aprovechamiento y se refiere a la “la transformación química y/o biológica de los residuos sólidos, para constituirse, de manera total o parcial, como insumos, materiales o recursos en los diversos procesos; así como en la recuperación de componentes o materiales” Aquella debe priorizarse frente a la disposición final de los residuos.

 

Ampliación de la definición Empresas Operadoras de Residuos Sólidos (EORS)

Como EORS se entiende toda persona jurídica que presta los servicios de limpieza de vías y espacios públicos, recolección y transporte, transferencia, comercialización, valorización o disposición final de residuos sólidos. La nueva definición también incluye a toda persona jurídica que realiza acondicionamiento y tratamiento de residuos sólidos. Para hacerse cargo de la prestación de servicios de residuos, las Empresas Operadoras de Residuos Sólidos deben estar debidamente registradas ante el Ministerio del Ambiente.

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